... en materia de justicia la España de 2020 está en las antípodas de la Francia del S XVIII.
No
consigo elaborar una antología de El
Antiguo Régimen y la Revolución, el magnifico clásico
de Alexis de Tocqueville,
cuya extensión no supere los límites propios de eso, de una
antología.
Sin
embargo, las varias lecturas a las que me ha obligado la traducción
de tan magnífico -incontournable-
texto* me
incitan a seleccionar algunos párrafos de una palpitante actualidad
aquí entre nosotros.
[Presente
que deriva de aquella pasmosa metamorfosis -reforma que no ruptura-
que transmutó el sistema autoritario de finales del franquismo en
ejemplar democracia: la denominada Transición. Transacción hablando
con propiedad, porque la evidencia positiva señala bien a las claras
que no fue sino eso: alevosa transacción urdida a espaldas de la
Nación, del cuerpo social, con episodios vergonzantes desde su
inicio, como el del propio proceso -en comisión secreta- de
elaboración de lo que, también de manera falaz, se denomina
Constitución.]
EL ANTIGUO RÉGIMEN Y LA REVOLUCIÓN Trad. de F Caro. Ene 2020 |
Pero
volvamos al preclaro Tocqueville, que dice:
...
“Pero en la Revolución francesa, al
abolir las leyes religiosas a la vez que las civiles eran derogadas,
la mente humana perdió por completo su basamento; ya no supo a qué
asirse ni dónde detenerse, y entonces se vio surgir revolucionarios
de una clase desconocida, que llevaron la osadía hasta la locura, a
los que ninguna novedad pudo sorprender, ningún reparo frenar y que
nunca flaquearon ante la ejecución de un designio. Y
no hay que creer que estos nuevos seres fueran creación aislada y
efímera de un momento, llamada a desaparecer con él; desde entonces
han constituido una raza que se ha perpetuado y extendido en todos
los lugares civilizados de la tierra, que conserva la misma fisonomía
dondequiera, los mismos apasionamientos, el mismo carácter.”
Y
pensemos en sancho, el escudero de totalitarios
bolivarianos, terroristas, separatistas periféricos
neo-tribales, supremacistas, racistas y gente de semejante calaña.
Calaña
que posiblemente derive del carácter -religioso- que Tocqueville
atribuye a la Revolución Francesa.
… “La
Revolución francesa es pues una revolución política que ha operado
al modo de una revolución religiosa y en cierto modo ha tomado su
aspecto. Ved
mediante qué rasgos particulares y característicos ha acabado por
parecerse a estas últimas: no sólo se propaga a lo lejos como
ellas, sino que, como ellas, penetra mediante la predicación y la
propaganda. Una revolución política que inspira el proselitismo,
que se predica con tanto ardor a los extranjeros como se lleva a cabo
en su casa; ¡considerad qué novedoso espectáculo! De todas las
cosas desconocidas que la Revolución francesa ha mostrado al mundo,
esta es con seguridad la más novedosa.”
De
los impuestos en el antiguo régimen (recurso para el
sometimiento por excelencia, junto al embrutecimiento derivado del
adoctrinamiento ideológico), comenta Tocqueville:
… “Desde
el momento en que el impuesto no pretendía alcanzar a los más
capaces de pagarlo sino a los menos capaces de defenderse, se tenía
que llegar a la monstruosa consecuencia de ahorrárselo al rico y
gravar al pobre.”
¡Que
me aspen si no sigue siendo exactamente así!
∞ ≈ ∞ ≈ ∞
De
la justicia y sus agentes, señala:
...
“No existía ningún país en Europa en el
que los tribunales ordinarios dependieran menos del gobierno que en
Francia; pero tampoco había casi ninguno donde se
hiciera mayor uso de tribunales de excepción. Estos dos rasgos
estaban más próximos entre sí de lo que nos imaginamos. Como
el rey no podía hacer casi nada por la suerte de los jueces, no
podía revocarlos, ni cambiarlos de plaza, ni siquiera ascenderlos de
rango las más de las veces, en una palabra, que no los dominaba ni
por ambición ni por miedo, pronto se sintió contrariado por tal
independencia.”
...
“Nos habíamos convertido en un país de gobierno absoluto por
nuestras instituciones políticas y administrativas, pero seguíamos
siendo un pueblo libre por nuestras instituciones judiciales. La
justicia del Antiguo Régimen era complicada, incómoda, lenta y
cara; grandes defectos, sin duda, pero nunca se daba en ella
servilismo ante el poder, que sólo es una forma de venalidad, y la
peor. Este vicio capital, que no sólo corrompe al juez, sino que
pronto infecta a todo el pueblo, le era completamente ajeno. El
magistrado era inamovible y no pretendía ascender, dos cosas tan
necesarias la una como la otra para su independencia; porque ¿qué
importa que no se le pueda forzar si se dispone de mil maneras de
ganárselo?”
Lo
que aboca a la afirmación de que en materia de justicia, y de su
administración, la España de 2020 está en las antípodas de la
Francia del S XVIII: maravillas de los innumerables gobiernos
progresistas -y de los otros- que nos vienen devastando cual
sucesivas, e inagotables, plagas de Egipto.
Por
si fuera poco, todo dictadorzuelo del tres al cuarto encontrará un
legista servil a sus pies:
… “El
derecho romano, que ha perfeccionado por doquier la sociedad civil,
tiende a degradar la sociedad política en todo lugar, porque era
principalmente fruto de un pueblo muy civilizado y muy sometido. Los
reyes lo adoptaron con fervor y lo establecieron allí donde fueran
amos. Los exégetas de ese derecho se convirtieron en toda Europa en
sus ministros o sus principales agentes. Los juristas les
proporcionaron pues, a conveniencia, el apoyo del derecho en contra
del propio derecho. Así es como con frecuencia han actuado desde
entonces. Al
lado de un príncipe que violaba las leyes, es muy raro que no
apareciera un legista que viniera a asegurar que no había nada más
legítimo; que no demostrara con habilidad que la violencia era justa
y que el oprimido no tenía razón.”
…
(sigue)* Versión íntegra (la 1ª en español así con casi toda seguridad) de la 7ª edición del T. IV de la de las “Obras Completas” de Alexis de Tocqueville, publicada por Lévy-Frères en París, 1866, que he editado en Amazon-libros (la autoedición en esa plataforma resulta ser un auténtico reducto de libertad ante la falta de editores "clásicos" dispuestos a acometer ciertas empresas).Esta versión recoge dos textos que creo son poco conocidos: los Impuestos feudales que perduraban en el momento de la revolución, según los expertos de la época, y la Valoración de las diferentes heredades existentes en Francia antes de la revolución. Ambos componen la Nota relativa a diferentes epígrafes de este volumen y amplían el marco de la obra de Alexis de Tocqueville en sendos aspectos muy significativos en la vida cotidiana: la fiscalidad y el régimen de posesión del suelo en la época.
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