2021/02/25

[124] QUÉ ES DEMOCRACIA: UNA DEFINICIÓN POSITIVA DEL CONCEPTO (SEGÚN EL PENSAMIENTO DE A. Gª. TREVIJANO)

(... continuación de [123])

2. Antonio García Trevijano1 y la Democracia (como concepto unívoco, claro y preciso): “Piensa y verás”

Por lo dicho con anterioridad, en [123], cabe pensar que el “materialismo filosófico” adolece de la misma inversión de sentido” que aquellos otros sistemas a los que Jean François Revel les hacía idéntico reproche: “En nuestra tradición filosófica, tal y como la imponen los varios miles de obras que de hecho la contienen, una inversión de sentido ha dado lugar a que los filósofos no nos inviten a otra cosa que a entender su propio sistema. Ahora bien, un sistema filosófico no se formula para ser entendido: se formula para hacer entender.” [JFR; 25]2. 

Un sistema que adolezca de tal defecto, es muy posible que quede en un mero ejercicio de intelecto, sin otro resultado práctico que la autosatisfacción estética. Pero, en tal caso ¿qué objeto tiene el filosofar de ese modo?¿O acaso la filosofía ha caído, de modo inexorable, en la denuncia final de  Revel: ... prerrogativa de charlatanes y obtusos, la filosofía cae en la marginalidad: oscila entre el humanismo hipócrita, el eclecticismo confeccionado con conocimientos de segunda mano, el truco etimológico a la manera de Heidegger, la banalidad pedante y la teología vergonzosa.” [JFR; 183]

De lo que no me cabe duda es de que el “materialismo filosófico” no ofrece una definición que propicie un acuerdo en cuanto al significado y contenido del concepto de Democracia; que deambula por el limbo vacuo e inconsistente de las “democracias realmente existentes”, respecto del cual creo haberme expresado con claridad.
Párrafos como este que sigue me ratifican por completo en la opinión anterior:

Por nuestra parte nos atendremos a unos principios menos teológicos, aunque no sea más que porque contienen la «inversión teológica», es decir, la visión desde Dios de las cosas de los hombres: nos atenemos al principio de que el plano preferencial en el que se dibuja la idea de democracia es el plano (que corta al dominio) constituido por los conceptos políticos, por los conceptos que tienen que ver con el Estado y con el Derecho. Desde esta «plataforma» nos proponemos dibujar tanto las respuestas filosóficas idealistas como las respuestas filosóficas materialistas a la pregunta «¿qué es la democracia?»”[GB; 3º-6]. 

Llegado a lo cual, mejor deje ya en paz los artículos Catoblepas a los que me he referido.

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Este 28 de febrero se cumple el tercer aniversario del fallecimiento de Antonio García Trevijano.

Mi acercamiento a sus enunciados fue muy reciente, puesto que llegó en sus últimos años, hacia octubre de 2015. Lo que conocí en ese lapso de casi 2 años y medio fue una vida dedicada a la difusión enérgica, vehemente, incluso iracunda, de sus tesis políticas. Tesis dotadas de un carácter radicalmente positivo, es decir referidas al ámbito de lo observable, lo constatable y contrastable, al modo del método de la física, base de mi formación y criterio que adopto por referencia.
En ese marco, me resultó bien sencillo la aceptación de sus proposiciones: Gª Trevijano vino a dar coherencia interna a una serie de intuiciones propias desperdigadas y adquiridas a lo largo del tiempo.

Innumerables artículos periodísticos, programas de debate como La Clave, de JL Balbín (en la TVE de una "época de oro" en comparación con la actual, la de la “televisión espantosa” que proclamó en sede parlamentaria su propia Dtra. Gral.) su obra escrita publicada, el comentario cotidiano de las noticias del día en su plataforma audiovisual de difusión, a solas o compartiendo “mesa de debate” con personas del fuste de D. Dalmacio Negro, por ejemplo, fueron las vías de propagación de su pensamiento. Los testimonios en audio y vídeo de esa últimas “disecciones”, conforman un repertorio de pensamiento de un enorme valor.

En la senda del propósito que me anima, me ciño a lo que se enuncia a partir del minuto 2:58 de este "PIENSA Y VERÁS". Se trata de una de las ocasiones en las que AGª Trevijano responde a las preguntas que le formulan los oyentes, así, a bote pronto, haciendo el esfuerzo de recurrir tan solo a su memoria. Lo transcribo lo más fielmente posible, salvo en la disposición de su puntuación, que la hago a mi buen saber:

«La 2ª pregunta es más sencilla, porque es menos pretenciosa. No, cuando hablo de pretenciosa no me refiero al que hace la pregunta, quiero decir que la contestación a la primera pregunta, al implicar conceptos tan abstractos como cultura, civilizaciones, compatibilidades, épocas distintas, claro..., es muy difícil de responder con precisión...

La segunda es más sencilla, y es si “¿Es posible libertad política sin democracia?” (aquí se puede apreciar una contradicción, fruto quizás de un lapsus, ya que la carátula del programa plantea la pregunta inversa ¿es posible la democracia sin libertad política colectiva?; la respuesta va en ese sentido). 

Pero si eso... la cont... no hace falta ni citar a Aristóteles ni a nadie. Es evidente que sin libertad política colectiva es imposible [la] democracia. Ah!, y todos los ejemplos que me puedan citar tanto tú como todos los libros de [las] todas las bibliotecas del mundo, y todo lo que se ha escrito sobre política en el mundo, en todas las épocas, jamás encontrarán un solo caso de que haya libertad política colectiva salvo en Estados Unidos.

NOSOTROS, EL PUEBLO...

¡Si la Democracia, sin libertad  política colectivaes prácticamente, y teóricamente, imposible...!; ¡No! ¡es in-con-ce-bi-ble!

Habrá oligarquías, habrá libertades personales, pero ¿por qué llamar libertad política a lo que es solamente, y fundamentalmente, un concepto colectivo y singular? Libertad política no significa lo mismo que libertades políticas en plural.

Libertad política, una sola, es la colectiva, y sin ella no hay democracia. Otra pregunta.»; (destaco con negrita aquellos pasajes pronunciados con voz más rotunda...)

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De lo manifestado no cabe duda de que AGª Trevijano establece entre Democracia y Libertad Política Colectiva algo formalmente idéntico a una correspondencia biunívoca: aquella surge de esta; y esta alumbra aquella. Son realidades políticas tan indisociables como la luz que ilumina un objeto y la sombra que proyecta. Y, a pesar de que no le conozca ningún pasaje en el que establezca el contenido de esos conceptos con los atributos propios de una definición: claridad, exactitud y precisión de su significado, su comprensión e idea le era nítida, clara y distinta: eso no admite duda alguna. Y a él le corresponde el mérito de ser el 1º en indicarlos.

De manera que llega el momento en el que creo estar en disposición de proponer, a las mentes honestas del momento, una definición de Democracia según las tesis de AGª Trevijano, sin perjuicio de otras mejores, o de que deba desistir de ella por adolecer de falta de consistencia:

Democracia es la forma de gobierno (sustantivación de las pautas de convivencia) que adopta una sociedad política como resultado de un proceso/período de Libertad Política Colectiva”.

Ahora bien, no está en los usos corrientes el empleo y comprensión de este último concepto, al que también asigné significado -susceptible de discusión, obviamente, como el anterior-, hace casi 3 años (si bien es cierto que tras su 1ª publicación3, no le conozca objeción alguna).

La Libertad Política Colectiva no es mera agregación o suma de libertades individuales porque, obviamente, no son elementos susceptibles de suma; es un concepto bien diferente cuyo contenido formulo así:

Es el proceso en el que a partir del acuerdo de la Nación, de la que brota el ímpetu, esta pasa a estar representada4 en los trabajos de elaboración de una Constitución5 que garantice los derechos individuales y la separación de poderes

Como formulación es coherente con la de los conceptos, Principios y Leyes físicas: ofrece sobriedad, coherencia interna y precisión formal del enunciado. Como definición, porta los requerimientos exigibles de claridad, exactitud y precisión.

Me atrevo a decir lo mismo de la formulación que propongo para la palabra Democracia que, por otra parte y además, resulta plenamente operativa: permite discernir sin ambages si un sistema político, el modo de regular la convivencia en una sociedad política, es Democracia o no lo es, en el sentido claro y distinto que aquí se formula.

Todo queda a expensas, a partir de este momento, de que esta formulación se acepte: puro convenio. Ahora bien, de no aceptarse, o de rechazarse de manera explícita, no estaría de más señalar sus puntos débiles o insuficiencias, a no ser que no se opte ni por lo uno ni por lo otro, en cuyo caso remito a la relectura del cui prodest? con el que cerraba [123].

Porque la cuestión no es cómo se autodenominen, o autoconsideren, los sistemas realmente existentes u homologados: la cuestión es la de su esencia real y efectos tangibles reales sobre los más.

Para finalizar, aporto lo que anoté en un Libro de Firmas que tuve la suerte de estrenar en Alondra 1: supe que le gustó a D. Antonio. Gracias, maestro.


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NOTAS

1 Antonio García Trevijano (Alhama de Granada;Granada) 18.7.1927-28.2.2018. Destacado jurista y activista en la creación de la Junta Democrática, plataforma que aglutinó (de manera pública, a partir del verano de 1974) la oposición al régimen del general Franco. Proclamó, y sostuvo con pasión hasta el final de sus días, que en la España surgida de la Transición no se instituyó una genuina democracia sino un Estado de partidos, oligarquía de partidos o partidocracia, al estilo del teorizada por el constitucionalista de Bonn, Gerhard Leibholz en Representación e Identidad, capítulo incluído en Teoria y sociologia criticas de los partidos politicos; Kurt Lenk-Franz Leopold Neumann. Anagrama, 1980, Barcelona. [El artículo completo está disponible en REPRESENTACIÓN E IDENTIDAD_GERHARD LEIBHOLZ.pdf]

2 Sigo la misma pauta que en [123] en cuanto a las citas.

3 Tras el fallecimiento de AGªT se sucedieron en la asociación que alumbró, el MCRC, Movimiento Ciudadano hacia la República Constitucional, una serie de episodios a cuál más deplorable; algunos de ellos los he comentado en este blog, en [64], [65] y [118].

En efecto, el 18 de abril de 2018 vio la luz en el Diario Español de la República Constitucional, del cual fue eliminado más adelante sin que conozca otra razón que el mero ejercicio de la más pura arbitrariedad, sin información previa, posterior o derecho a réplica alguna, es decir, fascismo. Miguel Gómez de la Cuesta se instituyó como verdugo para la ocasión. En otra, Gómez reaccionó de manera iracunda a una invitación a su lectura hecha en una red social, lo que motivó mi Libelo contra Atanasio Noriega, alias del tal Gómez, en [72].

Anuncio de la publicación en el
Diario... del artículo en cuestión

Más tarde me fue solicitado, encarecida y amablemente, por Antonio Tudela (al que le agradezco aquí su deferencia), y ese 26 de mayo inauguró con él la Zona Laocrática de El Crítico La Libertad Política Colectiva, ¿Qué es?.

Finalmente, también lo ofrecía desde aquel 6 de mayo en la entrada [37rev2] de este blog, Qué es la Libertad Política Colectiva, entrada descartada hasta su revisión y nueva reedición.

4 A través de procesos de elección en distritos unipersonales de alrededor 100.000 votantes potenciales.

Ello más allá de la obviedad de que “La realidad es que el ciudadano, sobre todo si es miembro de una sociedad política de decenas de millones de individuos, no puede estar representado, mucho menos uninominalmente por algún representante, salvo en cuestiones privadas” [Bueno; 5º-4], porque la cuestión no es si es posible o no tal representación, sino cuál es el sistema más aceptable/conveniente de promoción de algunos individuos de una sociedad política a las responsabilidades propias de una cámara legislativa con funciones claramente separadas del órgano ejecutivo -separación radical de poderes, si es que Montesquieu tiene vigencia. .

5 Constitución, como la Americana, de carácter estable, susceptible tan solo de los añadidos -enmiendas- necesarios de acuerdo con los cambios surgidos por el mero discurrir del tiempo; una convención lo más parecida posible a las reglas del ajedrez, como decía una y otra vez AGªT.

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2 comentarios:

  1. Muy buenas reflexiones. El materialismo filosófico se debe a su dogma, bajo sus supuestos no se habría escrito La República de Platón. Cuando hablan de democracia realmente existente, ¿ignoran la existencia de la revolución americana, que se fundó sobre la libertad política colectiva de la nación americana (We, the People) frente al imperio británico? Pero es que tampoco existiría el comunismo, que como era inexistente en ese tiempo, se habría considerado otro idealismo... En fin, temas muy complejos para filósofos de salón. No hay nada más idealista que un materialsita.

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    1. Gracias, Cristóbal, por tu comentario. Si la filosofía es búsqueda de la verdad más allá de la apariencia de las cosas, ¿puede un filósofo adscribirse a "su dogma"? Entiendo que al asumir un dogma, axioma, o verdad de partida, la búsqueda queda encorsetada, carente de la frescura y el brío propio de lo que no se apoca con juicios previos y condicionantes.
      Si yo fuera filósofo estaría de modo permanente en la zozobra del cuestionamiento incesante de la esencia del ser humano, de por qué puede formularse preguntas...
      Pero igual estoy en la inopia.

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